En cumplimiento de lo dispuesto en la Regla 61 de las de nuestra Hermandad, la Junta de Gobierno reunida en Cabildo de Convocatoria de Elecciones el pasado día 28 de Enero, acordó convocar Cabildo General de Elecciones a celebrar el Viernes día 5 de Junio del presente año de 2020.
Estas Elecciones se desarrollarán de acuerdo a lo que prescriben nuestras Reglas y a lo dispuesto en las Normas Diocesanas para Hermandades y Cofradías, conforme al siguiente
PROCESO ELECTORAL
Exposición del Censo (Reglas 13, 14 y 62 y art. 44 &2, 3, 5 y 6 N.D.): Estará expuesto para su consulta de forma personal por los hermanos, y eventual solicitud de reclamación y/o rectificación, en la Secretaría de la Hermandad, desde el 14 de Febrero hasta el 14 de Marzo, de Lunes a Viernes en horario de 20`00 h. a 21`00 h. y Sábados, Domingos y festivos en horario de 11`00 h. a 12`00 h. En él se incluirán todos los hermanos que el día señalado para la elección tengan cumplidos dieciocho años y hayan sido recibidos como hermanos. Finalizado este plazo, la Comisión Electoral, resueltas en su caso las reclamaciones presentadas y aprobado definitivamenteel Censo, remitirá dos copias del mismo, selladas y firmadas por el Secretario de la Junta de Gobierno, a la Delegación Episcopal para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías.
Comisión Electoral (Art. 43 N.D.): En el Cabildo de Convocatoria de Elecciones se designó la Comisión Electoral que velará por el correcto desarrollo del proceso electoral. La misma ha quedado formada por nuestros hermanos Don Francisco Díaz Terrero, Don Mariano Sánchez Moreno y Don Juan Bando Reina, y podrá ampliarse con un miembro designado por cada uno de los candidatos a Hermano Mayor, una vez aprobadas las candidaturas.
Presentación de candidatos (Reglas 63 y 64 y arts. 32, 33, 34 y 44 &8 y 9 N.D.): Entre el 14 de Abril y 13 de Mayo, queda abierto el plazo de presentación de candidatos a la Junta de Gobierno. Los hermanos deberán solicitarlo por escrito en documento oficial de la Hermandad, que se les facilitará en la Secretaría de la misma, de Lunes a Viernes en horario de 20`00 h. a 21`00 h. y Sábados, Domingos y Festivos en horario de 11`00 h. a 12`00 h., contra lo que se le expedirá certificación del Secretario 1º, acreditando que se han presentado como tales candidatos. Para la presentación de candidato a Hermano Mayor, será condición indispensable que así lo especifique en la papeleta de su candidatura.
Podrán presentar su candidatura todos los hermanos que tengan dieciocho años cumplidos el día que se celebre la elección y tener al menos un año de antigüedad en la Hermandad y se distingan por su vida cristiana personal, familiar y social, así como por su vocación apostólica, residan en un lugar desde el que le sea posible cumplir con la misión del respectivo oficio, sigan los programas de formación, especialmente aquello orientados a completar la Iniciación Cristiana, organizados por la Delegación Diocesana de Hermandades y Cofradías o por los Consejos locales de Hermandades y Cofradías, bajo la supervisión de dicha Delegación y no desempeñen cargo directivo en otra Hermandad o Cofradía, ni cargo de dirección en partido político, sindicato o de autoridad civil ejecutiva, nacional, autonómica, provincial o municipal.
Para la presentación de candidato al cargo de Hermano Mayor será además indispensable ser mayor de treinta años, tener como mínimo cinco años de antigüedad en la Hermandad, haber pertenecido al menos en un mandato a la Junta de Gobierno de la Hermandad y tener sentido cristiano y eclesial
Los candidatos deberán presentar junto con su candidatura copia del DNI, o documento oficial equivalente en el caso de extranjeros, certificado actualizado de bautismo, declaración jurada de encontrarse en situación familiar regular y, en su caso, certificado de matrimonio.
Concluido el plazo de presentación de candidatos, la Junta de Gobierno, con el visto bueno de la Comisión Electoral, comunicará la relación de los mismos a la Delegación Episcopalpara los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías, especificando en todo caso quienes se presentan al cargo de Hermano Mayor. Esta relación de candidatos se acompañará de certificación del Secretario de la Hermandad acreditando el cumplimiento de los requisitos establecidos en las Reglas de la Hermanad y en las Normas Diocesanas para Hermandades y Cofradías.
Cabildo General de Elecciones (Reglas 65, 66, 67 y 68 y arts. 44 &7 y 8, 46 y 47 N.D.) : Tendrá lugar el Viernes día 5 de Junio, en nuestra Casa Hermanad (C/ Aníbal González, nº 10) en la modalidad de abierto, desarrollándose entre las 18`00 h y las 22`00 h. y en él se elegirá únicamente al Hermano Mayor de entre los que se hayan presentado para dicho cargo, quien a su vez designará a los demás componentes de la nueva Junta de Gobierno de entre los candidatos presentados, confiriendo a cada hermano el cargo que le corresponde desempeñar en su mandato.
A la hora fijada para el comienzo de la votación se constituirá la Mesa electoral, formada, como Presidente por el Representante de la Autoridad Eclesiástica, nombrado por el Delegado Episcopal para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías, como Secretario, el Secretario 1º de la Hermandad, y dos escrutadores elegidos por el Secretario entre los hermanos que no sean candidatos, ni pertenezcan a la Junta de Gobierno saliente.
El voto será personal y secreto debiéndose identificar debidamente el votante, siendo imprescindible que figure en el Censo de electores o anexo de rectificaciones, pudiendo aportar presencialmente en ese momento su documento de identidad, si el mismo no figurara en el censo, cuyo número será incluido en el mismo.
Alcanzado el quórum preciso para la elección, 20% del Censo electoral en primera convocatoria o 10% en segunda, a celebrar entre los quince o veinte días siguientes a la primera, se realizará el escrutinio y el resultado será dicho por el Presidente, proclamándose el candidato que más votos obtenga de los emitidos. En caso de empate se nombrará como nuevo Hermano Mayor al de más edad. En el plazo de ocho días el Secretario saliente debe solicitar la confirmación de la elección a la Delegación Episcopal para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías, acompañando el Acta de la elección.
Voto por correo (Regla 65 y art. 45 N.D.): Solo se contemplan dos casos para el voto por correo: La enfermedad que se acreditará mediante el envío de Certificado Médico Oficial y por tener domicilio en otra localidad distinta al de la Hermandad, que se acredita por la constancia del mismo en el Censo de la Hermandad. Los hermanos que se encuentren en una de estas circunstancias, y siempre que conste en el Censo electoral su número de DNI., solicitarán el voto por correo mediante solicitud que deberá estar en poder de la Comisión Electoral con una antelación mínima de un mes a la fecha señalada para el Cabildo de Elecciones. La Comisión electoral remitirá por correo certificado al domicilio que figure en el Censo, las papeletas y los sobres electorales.
La papeleta de voto se introducirá en el sobre de votación y se cerrará. Este sobre junto con una fotocopia del documento personal de identidad se incluirá en otro sobre dirigido a la Comisión Electoral, en cuyo remite se consignará el nombre y apellidos, número de DNI, domicilio y firma y rubrica del hermano votante. El envío del voto por correo se hará por certificado de Correos con acuse de recibo, debiendo obrar en poder de la Comisión Electoral 24 horas antes de la Celebración del Cabildo de Elecciones, quien lo entregará a la Mesa Electoral en el momento de su constitución.
Finalizado el tiempo de votación presencial, se introducirán en la urna los votos por correo considerados válidos.-
Y para que sirva de conocimiento a los hermanos, de conformidad con lo establecido en el art. 44 &1 de las Normas Diocesanas para Hermandades y Cofradías, expido la presente comunicación en mi condición de Secretario 1º, con el Visto Bueno del Hermano Mayor, en Dos Hermanas, a veintinueve de Enero de Dos mil veinte.-