NORMAS PARA EL DISFRUTE DE “EL BUEN DICTADOR”.
- El aforo del auditorio es limitado.
- Las puertas de acceso se abrirán a las 19:30.
- No se permitirá la entrada a quienes pretendan introducir vidrios, latas de conservas o elementos similares, u otros que de ser arrojados, pudieran ocasionar daños a los usuarios. Asimismo, tampoco se permitirá la entrada al recinto de animales de cualquier especie, excepto los perros-guía.
- Se prohíbe el acceso al recinto del auditorio con sillas, hamacas y cualquier otro tipo de mobiliario de camping y playa.
- Se prohíbe el acceso al recinto del auditorio con bicicletas, patines o patinetes.
- Por educación y respeto hacia los demás, no está permitido saltar la fila o guardar sitio a otras personas en la misma.
- Se prohíbe el acceso a menores de edad que no tengan su entrada y vayan acompañados por personas mayores que se hagan responsables de la custodia y comportamiento de los mismos.
- El ticket de entrada al espectáculo, deberá conservarse durante toda su estancia en el mismo y deberá mostrarse al personal de la organización o de seguridad que así lo requiera. La organización se reserva el derecho de expulsar del auditorio a cualquier persona que hallándose en él no disponga del correspondiente ticket de entrada válido.
- El auditorio no dispone de servicio de megafonía para emitir mensajes personales.
- La venta y el consumo de bebidas alcohólicas y tabaco queda prohibida a menores de 18 años.
- Queda prohibido el consumo, venta o distribución de cualquier tipo de droga o estupefacientes dentro del recinto del auditorio. La organización expulsará inmediatamente a cualquier persona que incumpla esta norma y dará el correspondiente aviso a las autoridades.
- Se prohíben todo tipo de ventas y la distribución de panfletos, octavillas o productos en las instalaciones del auditorio, salvo aquellos expresamente autorizados por la organización.
- Por razones de seguridad, la organización se reserva el derecho a que el personal debidamente autorizado pueda inspeccionar las mochilas, bolsos de mano, bolsas u otro tipo de equipaje en los casos y dentro de los límites establecidos en la Ley.
- Es esencial que los visitantes al espectáculo procuren tener cuidado con sus objetos personales, ya que la organización no se hace responsable de la pérdida, robo, hurto o daños que puedan sufrir éstos durante su estancia en el mismo.
- Dar a conocer a la organización de los casos de enfermedades contagiosas.
- Contribuir a mantener el estado de limpieza e higiene del auditorio, no arrojando o dejando en el suelo basuras u otros objetos o elementos que desnaturalicen el modo de uso de este tipo de instalaciones.
Sin perjuicio de lo anterior, la organización se reserva igualmente el derecho de admisión y expulsión de las instalaciones del auditorio “Los Del Río” sin que los visitantes así expulsados tengan derecho alguno de indemnización, a las personas que contravengan gravemente las normas enumeradas a continuación o incurran en las siguientes situaciones:
- Alteración grave del orden en el auditorio o en sus instalaciones o la comisión de cualquier delito o falta en las mismas
- Uso inadecuado de tickets (incluyendo un uso fraudulento, engañoso o de mala fe por parte del titular y/o la reventa o falsificación de los mismos). Solamente serán válidas las entradas adquiridas en los puntos de venta autorizados.
- A las personas que den muestras evidentes de hallarse en estado de embriaguez, o cualquier otra circunstancia por la que razonablemente se deduzca que pueden perturbar el orden o la tranquilidad ciudadana.
- Cometer actos vandálicos o causar daños en las instalaciones del recinto.
- Por conductas que incomoden o afecten gravemente al disfrute de otros visitantes.